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La
duración del alquiler se calcula desde el día que la maquina
sale de nuestras instalaciones hasta el día en que entra, ambos
inclusive.
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Arrendador
es el propietario de la maquinaria A.T. (Alejandro Tato) y en la definición
se incluye a sus representantes legales.
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Arrendatario
es la persona física o jurídica, autoridad o corporación
publica, que alquila la maquinaria y comprende también a sus representantes
legales.
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La
firma del Albarán de Entrega supone la aceptación de que
la maquinaria se ha recibido en perfecto estado de marcha y funcionamiento.
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El
arrendatario se compromete a devolver la maquinaria y accesorios en el
mismo estado que los recibió, salvo desgastes del normal funcionamiento.
Es responsabilidad del arrendatario conservar la maquinaria en lugar seguro
y a salvo de cualquier riesgo que pudiera acarrear la perdida o deterioro
total o parcial de la misma.
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Servicio
Técnico:
En los precios indicados está incluido el servicio de asistencia
técnica gratuito en obra, que comprende las reparaciones por desgaste
de la maquinaria; El material arrendado podrá ser inspeccionado
en todo momento por el personal de A.T el cual tendrá libre acceso
a las instalaciones donde se utilice la maquinaria.
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El
arrendatario deberá utilizar la maquinaria en el lugar indicado
en el Albarán - Contrato, sin poder trasladarla salvo autorización
expresa del arrendador.
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En
caso de avería, el arrendatario inmovilizara la maquina y avisara
a A.T, para su reparación. Cualquier otro tipo de mantenimiento,
correrá a cargo de este.
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Como
principio general, los accidentes por cualquier causa como negligencia,
imprudencia etc. en este supuesto seria el seguro de la propia obra o
la empresa contratante del trabajador la que deba hacerse cargo de los
daños, A.T, queda relevado de toda indemnización a este
respecto.
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El
material de alquiler no devuelto, ya sea derivado de Robo - Hurto o cualquier
causa que lo haga inservible como incendio, se considerara como venta
de material nuevo y se facturara al precio de mercado. Es obligación
del arrendatario presentar una denuncia con los datos de la maquina.
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El
emplazamiento, e instalación de la maquinaria, lo realizara el
arrendatario bajo su responsabilidad. Si la maquina arrendada es un grupo
electrógeno el arrendatario deberá: Efectuar puesta a tierra
del grupo y en caso de que la maquina no lo disponga incorporar a la salida
de corriente un disyuntor diferencial de desconexión automática.
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El
transporte, carga y descarga de los equipos, incluidos la ida y el regreso,
serán a cargo del arrendatario.
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A.T,
no será responsable de los posibles daños y perjuicios,
que se puedan ocasionar por avería o mal funcionamiento de todo
o parte del equipo arrendado.
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Todos
los impuestos que puedan devengarse por el alquiler del material serán
a cargo del arrendatario.
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El
arrendador podrá dar por rescindido el contrato en el supuesto
de que resultase impagada alguna factura, o se incumpliera cualquiera
de las condiciones establecidas en el presente contrato, y retirar los
bienes arrendados del lugar en que los tenga el arrendatario, sin necesidad
de acudir a la vía judicial.
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Cualquier
duda o divergencia que pueda surgir de la interpretación del contrato,
ambas partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados o Tribunales
de Madrid renunciando expresamente a cualquier otro que pudiera corresponderle.